Comisión Directiva
Sindicato de Empleados de Comercio y Servicios
Comisión Directiva del SECYS
SECRETARÍAS

Secretaría General
Omar Bellicoso, ejerce la representación del sindicato, y la coordinación de las actividades de las secretarías. Su cargo, desde siempre, lo ejerció ad honorem, por voluntad y decisión propia.
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Subsecretaría General
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Asuntos Laborales
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Finanzas y Administración
Guillermo Fernández se ocupa, entre otras funciones, de los ingresos de la asociación, llevar los libros de contabilidad y preparar anualmente el balance general y cuenta de gastos y recursos e inventarios que deberá aprobar la Comisión Directiva.
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Acción Social
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Cultura y Difusión
Daniel Bellicoso, además de las actividades culturales del SECYS, es el responsable de la Gestión de Proyectos Educativos del CENS 451 y el CFL 402. Desarrolla los Planes de Mejora de ambas instituciones educativas y los de Gestión de la Calidad. Ejerce sus funciones totalmente ad honorem.
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Deporte, Turismo y Recreación
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de la Mujer
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de la Juventud
Melina Morrone trabaja la problemática laboral y social de las y los jóvenes trabajadores.
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Artículo 41
Son deberes y atribuciones del Secretario general:
- Ejercer la representación de la asociación;
- Firmar las actas o resoluciones de la Comisión Directiva y Asamblea correspondientes a las reuniones a las que asista;
- Autorizar con el Secretario de Finanzas las cuentas de gastos, de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva;
- Firmar conjuntamente con el Secretario de Finanzas y Administración las órdenes de pago y los cheques;
- Firmar la correspondencia y demás documentación de la asociación conjuntamente con el secretario que corresponda a la índole del asunto.
- Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Directiva, el Cuerpo de Delegados y presidir las sesiones de la Asamblea;
- Adoptar resoluciones en forma urgente o en casos imprevistos, a referéndum de la Comisión Directiva.
- Ejercer la dirección general de las actividades de la Comisión Directiva, supervisando a las respectivas secretarías y coordinando su labor.
Artículo 42
Son deberes y atribuciones del Subsecretario general colaborar con el Secretario general en el ejercicio de las funciones que éste le delegue o encomiende y reemplazarlo en caso de ausencia licencia, renuncia fallecimiento o separación de su cargo. También sustituirá al Secretario general en la firma de cheques.
Artículo 43
Son deberes y atribuciones del Secretario de Asuntos Laborales atender la debida aplicación de las normas legales y convencionales, a las reclamaciones laborales que lleguen al nivel del órgano directivo y a los conflictos de la misma índole en los que la entidad tome intervención.
Artículo 44
Son deberes y atribuciones del Secretario de Finanzas y Administración:
- Ocuparse de todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sociales y demás ingresos de la asociación;
- Llevar los libros de contabilidad;
- Presentar a la Comisión Directiva bimensualmente estados de cuentas y preparar anualmente el balance general y cuenta de gastos y recursos e inventarios que deberá aprobar la Comisión Directiva;
- Firmar con el Secretario general los cheques y autorizar con dicha autoridad las cuentas de gastos y ordenes de pago;
- Efectuar en una institución bancaria legalmente autorizada a nombre de la Asociación y a la orden conjunta del Secretario general o Subsecretario general y del Secretario de Finanzas y Administración o Secretario de Acción Social los depósitos del dinero ingresado a la caja social, pudiendo retener en la misma hasta la suma que determine la Comisión Directiva;
- Dar cuenta del estado económico de la entidad a la Comisión Directiva o al órgano de fiscalización toda vez que lo exija;
- Llevar los libros de Actas de Asamblea y Comisión Directiva y el archivo de las resoluciones que se adopten y, en general de la documentación de la entidad; Firmar las actas conjuntamente con el Secretario general o quien lo sustituya;
- Asignar funciones y supervisar el desempeño del personal;
- Atender a los asuntos judiciales y administrativos que afecten a la entidad, sin perjuicio de la debida intervención letrada;
- Atender a la conservación de los bienes de la entidad y el suministro de los elementos necesarios para su funcionamiento; así como el resguardo y, en su caso, saneamiento de los títulos respectivos.
Artículo 45
Son deberes y atribuciones del Secretario de Acción Social atender a los servicios de gestoría previsional, y demás prestaciones de índole social que la asociación tome a su cargo o cuyo contralor deba ejercitar, mantener las relaciones con la Obra Social y verificar que la atención de los beneficiarios sea adecuada y ocuparse, en lo que a la entidad concierne, de las actividades cooperativas y mutuales. En caso de ausencia del Secretario de Finanzas y Administración lo sustituirá en la firma de cheques.
Artículo 46
Son deberes y atribuciones del Secretario de Cultura y Difusión atender a la programación y realización de actividades y eventos que posibiliten a los afiliados el acceso a las expresiones culturales en general y a la difusión de las actividades de la asociación.
Artículo 47
Son deberes y atribuciones del Secretario de Deportes, Turismo y Recreación, atender a la programación y realización de actividades y eventos del área que persigan los fines establecidos en el presente estatuto.
Artículo 48
Son deberes y atribuciones de la Secretaría de la Mujer atender todo lo concerniente a la problemática laboral y social de la mujer trabajadora, promoviendo los estudios pertinentes y desarrollando las iniciativas apropiadas a los fines perseguidos. Procurará impulsar la participación activa de las empleadas de comercio en la vida sindical y, sin mengua, de la atención especializada de las cuestiones específicas tenderá a su integración en iguales condiciones que los hombres sin discriminación alguna y sin diferenciaciones indebidas.
Artículo 49
Son deberes y atribuciones de la Secretaría de la Juventud como atender todos los concerniente a la problemática laboral y social de los jóvenes trabajadores, impulsando los estudios específicos que sea menester y los cursos de acción indicados para solucionar las trabas que se oponen al desenvolvimiento laboral de este sector. Promoverá, además, la incorporación de los jóvenes a la actividad sindical.

No admitirá en su seno interferencias políticas, ideológicas, filosóficas o religiosas que puedan afectar su autonomía o desnaturalizar su accionar sindical.


Sintetizando
El Sindicato de Empleados de Comercio es una ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO, que representa, bajo la Personería Gremial 1519, otorgada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a las personas de cualquier nacionalidad, sexo, raza, credo político o religioso, que realicen tareas o presten servicios bajo relación de dependencia para empleadores cuya actividad consista en intercambio o intermediación de bienes o prestación de servicios por cuenta propia o ajena.
El SECYS tiene como objeto la defensa del interés profesional de los trabajadores comprendidos en su ámbito personal y territorial de actuación y en consecuencia atenderá a todo cuanto concierne con su sujeción al orden legal aplicable al mejoramiento de las condiciones de trabajo y de vida de dichos trabajadores.
En el Artículo 3 del Estatuto social, el sindicato, encuadrará su acción dentro de las pautas que informan el régimen institucional de la república defendiendo los principios de democracia y libertad en todos los órdenes, bregará por la realización de los postulados de justicia social que constituyen el fundamento de su acción y procurará gravitar en la solución de los problemas generales del país – dentro de su natural esfera de acción-, en función de los fines inherentes a su objeto, adoptando los modos de participación que estén a su alcance.